La subida del IVA del famoso 1 de septiembre continúa generando polémica, esta vez en las facturas de telefonías móviles. Concretamente en las que se emiten el 1 de septiembre pero se trata de consumos hechos en los meses de julio y agosto, cuando todavía no habían subido el IVA del 18 al 21%.
Ante esto, el ministro de industria José Manuel Sorio dijo una declaración amenazante: “Quién tenga la tentación de aprovecharse de una subida del IVA para repercutir ese aumento en consumos que se hayan hecho antes del 1 se septiembre tendrá que asumir las consecuencias”.
Entonces, ¿es legal cobrar el IVA?
Desgraciadamente, sí. Según el portavoz de FACUA, Rubén Sánchez, muchos consumidores tienen la misma duda respecto a las facturas de telefonía que están recibiendo, en las que ya aparece reflejada la subida del IVA. Por ello Sánchez ha querido zanjar el asunto y ha dicho que no se trata de ningún fraude y que las palabras del ministro “han sido un error” que debería rectificar.
Para Rubén Sánchez sólo podría hablarse de fraude si una compañía decide retrasar voluntariamente la fecha habitual de pago para cobrar el IVA. Por este motivo, el portavoz de FACUA opina que debe cambiarse el artículo 75 de la ley del IVA, que dice que las facturas de los suministros “de tracto sucesivo”, como la luz, el agua o la telefonía, se han de cobrar aplicando el impuesto en el momento que se genere la obligación de pago (en este caso el 1 septiembre) y no durante el periodo de consumo, como la gente piensa.
Algunas operadoras no aplicarán el IVA en septiembre
Movistar o Yoigo cumplirán la ley y aplicarán la subida del IVA en las facturas emitidas a fecha del 1 de septiembre, aunque el periodo de consumo haya sido julio y agosto. Una razón por la que muchos usuarios se han quejado y piden que se les devuelva ese 3%.
Sin embargo, otras compañías han adelantado a los usuarios la fecha de emisión de las facturas para que no se les aplique la subida del IVA. Así, MásMóvil, por ejemplo, decidió pasar la factura de agosto a sus clientes antes de que el mes finalizara y cobrar así el consumo del periodo comprendido entre el 1 y el 26 de agosto al 18% de IVA.
De todos modos, los más beneficiados de este embrollo han sido los clientes de prepago. Al no tener facturas fijas, han podido recargar sus teléfonos móviles antes de aplicarse la subida del IVA del pasado sábado.


¿Y qué cambia que los de prepago hayan cargado antes o después, si el iva se les aplicará cuando gasten el saldo? xD
Pero gracias por la información, que a algunos nos ha pillado por sorpresa.