Calvo Sotelo - Calvo Sotelo y la Dictadura de Primo de Rivera

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Calvo Sotelo y la Dictadura de Primo de Rivera

Con la toma del poder por parte de Primo de Rivera y tras previa autorización de Maura, Calvo Sotelo aceptó ser nombrado Director General de la Administración, cargo del que tomó posesión el 22 de diciembre de 1923. Los argumentos regeneracionistas utilizados por Primo de Rivera para derribar el régimen parlamentario encontraron eco en los planteamientos políticos de Calvo Sotelo:

Mis convicciones políticas son democráticas. Creía y creo en la necesidad del Parlamento; creía y creo en el Sufragio, pero, precisamente por eso, abominaba del régimen político imperante. Régimen que representaba un escarnio del Parlamento, una prostitución del sufragio... Y cuando el general Primo de Rivera irrumpió en la vida pública española, vi en él un factor providencial de saneamiento. Este hombre -pensé- viene a hundir para siempre los viejos procedimientos.

¿Qué importa el medio- Ayudémosle. José Calvo Sotelo: Mis servicios al Estado, Madrid, imprenta clásica española, 1931, p. 7

Director General de la Administración

La obra más significativa de Calvo Sotelo como director general de la Administración fue el Estatuto Municipal, publicado el 8 de marzo de 1924, fruto de la concepción que Calvo Sotelo tenía del Municipio como "hecho social de convivencia anterior al Estado y anterior también, y además superior, a la ley. Esta ha de limitarse, por tanto, a reconocerlo y ampararlo en función adjetiva [...] Afirma, pues, el nuevo Estatuto, la plena personalidad de las entidades municipales, y, en consecuencia, reconoce su capacidad jurídica integral en todos los órdenes del derecho y de la vida". Además, siempre según Calvo Sotelo, "el Estatuto descansa en una concepción optimista del pueblo español. La ley derogada, con su criterio centralizador y absorbente, oponía al ciudadano un muro muchas veces infranqueable. Rota la traba, las energías locales, antes cohibidas, podrán ahora desenvolverse ampliamente."

El Estatuto tenía tres aspectos fundamentales:

  • El deseo de democratizar la vida local. Para ello se rebajaba el voto a los 23 años; se establecía la representación proporcional en los ayuntamientos; se otorgaba el voto a las mujeres emancipadas y cabezas de familia ("entre todas las innovaciones del Estatuto acaso sea esta la más interesante y trascendental", afirmaría Calvo Sotelo, que no consiguió que el Directorio Militar reconociese el derecho a votar de todas las mujeres, pero que consideraba que lo importante era haber logrado dar el primer paso); se garantizaba el secreto del voto mediante cabinas; se establecía el referéndum municipal para ciertas cuestiones, incluida la remoción del alcalde... No obstante, no todos los concejales se elegían por sufragio, sino que proponía que una tercera parte de los concejales fuesen corporativos.
  • El aumento de las competencias y obligaciones de los municipios, que podían organizarse según lo desearan, optando por fórmulas que iban desde el concejo abierto al régimen de carta. Los municipios podrían mancomunarse libremente incluso aunque pertenecieran a distintas provincias, y también fusionarse o separarse con permiso de las respectivas diputaciones provinciales. Entre sus nuevas competencias se hallaba la capacidad para construir ferrocarriles, abordar empresas urbanísticas, "acordar la municipalización, incluso con monopolio, de servicios y empresas que hoy viven en un régimen de libertad industrial", a cuyo efecto se permitirían las oportunas expropiaciones. Entre sus obligaciones se recogía la de secundar las leyes sociales sobre casas baratas, retiro obrero y seguros de enfermedad; la de facilitar locales para escuelas y vigilar la asistencia a la misma, así como el cuidado de la higienes, la repoblación forestal, etc.
  • La reforma de la Hacienda municipal, desarrollada por Antonio Flores de Lemus, que preveía la formación de presupuestos extraordinarios para impulsar iniciativas de interés público, permitiendo a los ayuntamientos la emisión de deuda para hacerles frente. Al mismo tiempo se aumentaban sus recursos ordinarios y se creaba un arbitrio sobre los terrenos incultos o deficientemente cultivados.
  • El Estatuto, sin embargo, se vio en buena medida adulterado por el hecho de que las disposiciones relativas a la elección de los miembros de la corporación municipal nunca llegaron a ponerse en práctica.

    Un año más tarde, el 20 de marzo de 1925, se promulgaba el Estatuto Provincial, que contemplaba la provincia no como una circunscripción al servicio del Estado, sino al servicio de los ayuntamientos que la integraban. Se limitaba el poder de los gobernadores civiles y los ayuntamientos podían llegar a disolver las diputaciones provinciales. En la parte electoral y hacendística se seguían las pautas marcadas por el Estatuto Municipal.

    Dentro del Estatuto Provincial, se hallaba un título dedicado a la Región, que fue aprobado merced a la insistencia de Calvo Sotelo, pues Miguel Primo de Rivera había reaccionado en sentido unitario, olvidándose de su inicial fervor regionalista, que le había valido en 1923 la adhesión entusiasta de los catalanes (Primo de Rivera había disuelto en 1925 la Mancomunidad de Cataluña, único órgano administrativo supraprovincial desarrollado al amparo de la Ley de Mancomunidades Provinciales aprobada por Dato en 1913). Según el texto, para constituir una región era necesario que la iniciativa fuera apoyada por las tres cuartas partes de los ayuntamientos que representasen al menos las tres cuartas partes de la población de las provincias interesadas, tras lo cual el proyecto de estatuto tendría que ser ratificado por la misma mayoría, y pasaría al Gobierno para su redacción definitiva, en la que contaría con la asistencia del Consejo de Estado. Sus atribuciones serían las del Estado "que no sean consubstanciales con su soberanía" y tuviesen ámbito regional. Cada Región contaría con su propia asamblea deliberante, cuyas tres cuartas partes, como mínimo, habrían de ser elegidas por sufragio universal. Se garantizaba la jurisdicción del Tribunal Supremo de la Nación en todos los asuntos de índole civil y penal, así como la acción pública gratuita para reclamar contra los actos administrativos de la Región. El Gobierno podría disolver una Región por causas graves de orden público o seguridad nacional, si bien esta medida debería ser ratificada por las Cortes.

    En cualquier caso, y aunque alababa los ímpetus regionalistas que veía ya desarrollarse en Valencia y Galicia, Calvo Sotelo mostraría posteriormente en la página 73 de Mis servicios al Estado (1931) su rechazo absoluto a cualquier veleidad federalista que pusiese en duda la unidad de España:

    ¡Ay de España si bajo la apariencia exquisita e inofensiva muerde la hiel del encono y toma raíces un afán federalista que puede concebirse allí donde, por preexistir la desintegración, importa mucho vincular y hermanar, pero que suena a dislate donde, preexistiendo la unidad, no cabe federar sin previa fractura, que probablemente no tendría luego soldadura espiritual ni física!

    Ministro de Hacienda

    Calvo Sotelo fue nombrado ministro de Hacienda en diciembre de 1925. Su apoyo a los cuerpos técnicos y administrativos de Hacienda, consiguió aumentar su eficacia. El 24 de diciembre de 1925 presentó ante el Consejo de Ministros tres proyectos de decreto destinados a perseguir el fraude fiscal, el más famoso de los cuáles fue el que disponía que todos los propietarios debían declarar en tres meses el valor verdadero de sus fincas rústicas y urbanas. Pasado dicho plazo, si se comprobaba que el valor declarado era inferior en más de un 50 por ciento al real, el Estado podría proceder a la expropiación forzosa mediante el pago de una indemnización que no podría exceder del valor declarado por los propietarios en más de un 15 por ciento. La polvareda levantada por tal proyecto de decreto fue inmensa, haciendo que a Calvo Sotelo se le llamará el "ministro bolchevique". Primo de Rivera se vio tan presionado que optó por dar marcha atrás, pero se negó a aceptar la dimisión de Calvo, que defendió su punto de vista en un discurso pronunciado en la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación bajo el título La contribución y la riqueza territorial de España. Un real decreto de 25 de junio de 1926, que aumentó los tipos impositivos de la contribución territorial, pero sin aumentar sus bases, puede considerarse una solución de compromiso, que permitió aumentar la recaudación por este concepto de 161 millones de pesetas en 1923-1924 a 210 de 1929.

    El 18 de enero de 1927 Calvo Sotelo publicaba en La Gaceta de Madrid su proyecto de reforma fiscal, sobre el que se abrió un plazo informativo de tres meses. El "Impuesto sobre rentas y ganancias", precedente directo del actual IRPF, gravaba a todos los contribuyentes según sus ingresos, conforme a una escala progresiva, pues se buscaba la igualdad del sacrificio, que, para Calvo Sotelo, "es la verdadera esencia, la médula, la raíz, de la equidad y de la justicia tributaria". Al igual que en otras ocasiones, el debate suscitado hizo que Calvo Sotelo no lograse llevar a cabo sus designios, aunque sí pudo efectuar varios retoques en las vigentes tarifas de utilidades.

    A pesar de que sólo pudo llevar a cabo una pequeña parte de sus proyectos fiscales, Francisco Comín, cuyas estimaciones son considerablemente más bajas que las de Velarde, destaca que "un alza del 26 por 100 en la presión fiscal en 5 años no es un suceso común; téngase presente que entre 1930 y 1935 la presión fiscal solamente creció en un 3,9 por 100". Y añade, "el incremento de la presión fiscal en el periodo de calvo Sotelo fue mayor que el que ocurrió durante la República."

    Si la política de Primo de Rivera hubiera sido una política de contención del gasto público, tal vez la mayor eficacia recaudatoria y el moderado aumento de la presión fiscal hubieran sido suficientes para equilibrar el presupuesto. Pero no era este el caso. El gobierno se hallaba embarcado en una política expansiva que, junto a sus posibles efectos positivos a la hora de impulsar la economía nacional y crear empleo, supuso un fuerte aumento de los gastos. Era pues necesario conseguir mayores ingresos y para ello los medios puestos en marcha fueron los siguientes: a) ordenación de la Deuda existente; b) financiación del ahorro público con emisiones de fondos públicos; c) creación de un sistema bancario de tipo público especializado; d) fomento del ahorro con una completa consolidación de la alta Banca privada española.

    El instrumento primordial de que se sirvió el gobierno para poner en marcha un ambicioso plan de obras y servicios que debía desarrollarse hasta diciembre de 1936 fue la emisión de deuda pública a través del denominado presupuesto extraordinario. Su planteamiento teórico era muy sencillo. El atraso en que se encontraba España obligaba al Estado a emprender un ambicioso plan de inversiones que permitiera dotar al país, con la máxima rapidez posible, de caminos, escuelas, ferrocarriles, escuadra, etc. No atender dichas necesidades sería, en opinión de Calvo Sotelo, conseguir "la solvencia de la ruina, y digo la ruina, porque cuando se suprime lo indispensable para la vida, muere el ser que así aspira a ser solvente". Ahora bien, los gastos que tal política suponía desbordaban con mucho los ingresos ordinarios del fisco. Por tanto, la solución que se planteaba era crear un presupuesto adicional, en el que se consignarían los gastos a que diese lugar esta política, y a cuyas necesidades se haría frente mediante la emisión de deuda, contabilizándose los intereses de la misma dentro de los pagos del presupuesto ordinario. La polémica en torno al presupuesto extraordinario y a la correcta interpretación económica del mismo se inició en el momento de su creación y ha llegado hasta nuestros días. El hecho de que el presupuesto extraordinario se financiase por medio de emisiones de deuda ha creado también una polémica sobre si el estado en que recibió la Hacienda Pública Calvo Sotelo fue mejor o peor que aquel en que la legó a sus sucesores (considerando que durante su estancia en el Ministerio también llevó a cabo una importante amortización de la deuda de periodos anteriores). El tema ha sido estudiado con detenimiento por Francisco Comín, que concluye que el estado de la Hacienda al finalizar la dictadura era mucho mejor que el recibido por ésta.

    "Dentro del marco, un tanto negativo, de la política industrial y comercial de la Dictadura, aparece un punto evidentemente luminoso: la creación del Monopolio de Petróleos", señala el profesor Velarde al referirse a una de las en su día más criticadas iniciativas de Calvo Sotelo. La medida dio lugar a episodios como la visita a Calvo Sotelo y a Primo de Rivera de Sir Henry Deterding, presidente del grupo Shell, con el fin de conseguir que el gobierno español diese marcha atrás en su resolución (al no conseguirlo amenazó con un embargo de petróleo que dejaría España sin suministros en uno o dos años, amenaza que pudo eludirse gracias a los acuerdos que la dictadura firmó con la Unión Soviética). El propósito de Calvo Sotelo no era únicamente la creación de un monopolio mediante el que el Estado se quedase con los beneficios de la distribución de combustible, sino que sus objetivos iban más allá, considerando que la CAMPSA debía acometer otras actividades, como la adquisición de yacimientos petrolíferos, la construcción de una flota de petroleros, la puesta en marcha de plantas refinadoras, etc.

    La creación de un sistema bancario de tipo público especializado fue otro de los objetivos perseguidos por Calvo Sotelo durante su permanencia en el Ministerio de Hacienda. Dentro de las iniciativas desarrolladas en este aspecto, sin duda la más importante fue el Banco Exterior de España ("Una de las obras de que más me ufano", como escribiría posteriormente su impulsor), aunque tampoco debe olvidarse el Banco de Crédito Local, surgido antes de esta etapa, en 1925, ni las reformas efectuadas en el Banco Hipotecario y el Banco de Crédito Industrial. También a él se debe la implantación del seguro contra las pérdidas que pudiera ocasionar la exportación de mercancías españolas, para lo que se armonizó la acción de las compañías de seguros, el Banco Exterior y el Estado.

    Más polémica que estas medidas fue el intento de Calvo Sotelo de mantener la cotización de la peseta, que tras haber incrementado notablemente su valor durante los primeros años de la Dictadura, inició un rápido descenso tan pronto como ésta pareció empezar a tener problemas políticos, pues uno de los grandes problemas de la Dictadura fue su falta de consolidación institucional. Primo de Rivera había presentado el régimen como una forma de gobierno provisional, "una letra a noventa días?, que había ido renovándose, pero que no había dado lugar a una nueva configuración del Estado. La Constitución de 1876 no había sido derogada ?tan sólo suspendida?, y los intentos del régimen de dotarse de una nueva carta constitucional fueron estériles ante la oposición que encontró dentro del mismo ministerio el proyecto elaborado por la Asamblea Nacional. La fórmula en que debía hallarse una salida política que permitiera la consolidación y continuación de la obra de la Dictadura dio lugar en diciembre de 1930 a duros enfrentamientos entre Miguel Primo de Rivera y José Calvo Sotelo, que creía que todo lo que se hiciera debía hacerse conforme a los mecanismos políticos de la Constitución de 1876. El resultado de estas disensiones, y del desgaste sufrido por Calvo Sotelo ante la opinión pública como consecuencia de la depreciación de la peseta, un 60% durante su ministerio, fue que el 20 de enero de 1930 el dictador admitió su renuncia. El régimen tan sólo le sobrevivió una semana, pues el 28 de enero Primo de Rivera presentaba su renuncia al rey Alfonso XIII.

    Calvo Sotelo hizo el siguiente juicio acerca de su gestión al frente del Ministerio de Hacienda:

    Hallé una Hacienda averiada, exhausta, precaria. Por eso, hube de consagrarme inicialmente al refuerzo de ingresos, la poda de gastos y la mejora de los servicios. Modernicé la mecánica; simplifiqué la recaudación ; retoqué algunos tributos; hice comprensiva y flexible la inspección fiscal; luché denodadamente contra la ocultación; acrecenté el patrimonio del Estado, creando el Monopolio de Petróleos; extirpé la Deuda flotante, reduje el volumen de la Perpetua e intensifiqué la amortización de la restante consolidada; doté financieramente los grandes planes reconstructivos del país; di vida al Banco Exterior, agilidad al de Crédito Industrial, control al Hipotecario y realidad al Seguro de crédito a la exportación; remocé al legislación de Clases pasivas, mosaico de rutinas y arcaísmos; abrí cauce a una expansiva red de zonas francas; y legué a mis sucesores un proyecto de reforma tributaria cuyas directrices son inexcusables si aquélla ha de abordarse algún día, de acuerdo con las corrientes mundiales... Trabajé, en fin, sin tasa ni horario, con entusiasmo y austeridad. Satisfecho de mi labor, ni la exalto, ni la desprecio; simplemente la evoco para asociar a ella, de modo ostensible, toda mi responsabilidad. Mis servicios al Estado, p. 434.
    Fuente: Wikipedia